Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA LIBERTAD PLENA; al Ciudadano: RICHARD JOSE RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.028.698, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-05-1971, de 34 años de edad, hijo de Lucía José Rivas y padre desconocido, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Vendedor, y residenciado en Callejón La Flores, Casa Nro. 0-67, Barrio La Aduana, Barcelona, Estado Anzoátegui por NULIDAD DE LAS ACTUACIONES, de conformidad con los artículos 190, 191 del Código Orgánico Procesal penal en mandato del artículo 47 Constitucional. Líbrense los oficios respectivos al Órgano Policial participándole lo conducente. Cúmplase.