Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÒN, a favor del Ciudadano: SILVERIO RAMIREZ HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.351.467, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, donde nació en fecha 09-10-1965, de 42 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: obrero, hijo de los ciudadanos: Maximino Ramírez y Gladis Maria Hernández, residenciado en Los Olivos, Calle Rómulo Gallegos Nº 18, El Bajo, Barcelona, Estado Anzoátegui. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente a la Zona Policial Nº 1 de la Policía del Estado Anzoátegui, participando la libertad acordada al referido imputado. Cúmplase.