Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a las ciudadanas FREDDY ALEXANDER AMUNDARAY MEJIAS, titular de la Cédula de Identidad N° 20.765.056, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 11/08/1988, de 18 de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Freddy Amundaray y Ana Mejias, residenciado en Sector Divino Niño, Calle cuatro, San Diego, Estado Anzoátegui; y ALEXANDER RAFAEL RENGEL ROJAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.298.553, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 11/09/1975, de 31 años de edad, de profesión u oficio Carpintero, hijo de Ángel Rafael Y María Evelin (df), residenciado en Calle Pascal, Casa Nº 21, Sector El Espejo, Barcelona, Estado Anzoátegui, por .....