En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR OMISIÓN DE FIRMAS, interpuesta por el ciudadano PEDRO GERARDO RONDON BORGES, venezolano, mayor de edad, soltero, Ingeniero Mecánico, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.178.461, domiciliado la Urbanización Pinto Salinas, Edificio Páez, Apartamento 04-02, Santa Juana, Municipio Libertador, Parroquia Domingo Peña, Mérida, Estado Mérida, en representación de su hijo PETER MICHAEL RONDON MAICABARE, titular de la cedula de identidad Nº V- 30.038.933, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio, ciudadano JESSUAPH AGOSTINI, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.344, con domicilio .....