En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, Acuerda: Modificar el Régimen de Convivencia Provisionalmente fijado por este Tribunal en fecha 08/02/2011, a la madre ciudadana NORALVA DEL CARMEN LOZADA PLANCHARD, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros V- 8.288.147, domiciliada en Residencias Morro Humbolt, Sector 4, Edificio 1-A, Apartamento 2-5, Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, el cual quedara fijado en los siguientes Términos: Podrá retirar a su hijo, el niño ALEJANDRO DAVID PÉREZ LOZADA, de Nueve (09) años de edad, en la Sede del Tribunal, comisionando para la entrega respectiva del mencionada niño, a la Psicóloga del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal, el dí.....