en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones conferidas en la Ley, y tomando en cuenta el Interés Superior del niño y del adolescente, articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 30 EJUSDEM, relacionado al Derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes a un nivel de vida adecuado, ORDENA ENTREGAR a la ciudadana MINERVA LÓPEZ, arriba plenamente identificada en autos, la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 4.800.000,oo), de la cuenta de ahorros signada con el N° 0003-0051-95-0100401994, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre de la adolescente arriba mencionada, por concepto de OBLIGACIONES ALIMENTARIAS ATRASADAS QUE VAN DESDE EL MES DE NOVIEMBRE DE 2005 HASTA OCTUBRE DE 2006. Asimismo se ordena hacerle entrega a.....