esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO el PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano ROBERTO CLEMENTE GUEVARA MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.415.352, domiciliado en: calle 11, Casa Nº 4, Urbanización Brisas del Mar. Barcelona, Estado Anzoátegui en contra de la ciudadana, MARISOL DEL CARMEN CAIGUA de GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.267.968, domiciliada en la Calle Bolívar, Casa N° 18, Jardines de Bello Monte, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artícul.....