Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente del Circuito judicial Penal del estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE a los Ciudadanos ANTONIO JOSÉ PINTO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 7.078.001, residenciado en el Sector Playa Seca, Barrio Campo Claro Vereda I N° 013 Barcelona Estado Anzoátegui y UVENCE RAFAEL ACOSTA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA Cédula de Identidad Número 3.7761.421, domiciliado el Sector Playa Seca, Barrio Campo Claro Vereda I N° 014 Barcelona Estado Anzoátegui, como FIADORES del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos, en consecuencia deben comparecer a este Tribunal a los fines de imponerlos de las obligaciones que han de contraer conforme lo indicado en los artículos 258 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisi.....