Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana MARLIS MARYDEE PERFECTO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.276.877 y domiciliada en avenida Pedro Maria Freites, Edificio Marchetti, piso 1, habitación nro. 2, Barcelona, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: JHONNY MIGUEL MARCHETTI PASTORELLI, fallecido ab-intestado en fecha 22-06-2003, quien fuera portador de la Cédula de Identidad Nº V-13.166.364a su esposa, MARLIS MARYDEE PERFECTO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.276.877 y a sus hijos,.....