Por las razones antes expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la Acción Penal, conforme a los artículos 318, numeral 3°, en concordancia con el 48, numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108, numeral 6 del Código Penal Venezolano, a favor de AMINTA ANNA ROSALBA ARELLANO MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 11.904.105, residenciada en vereda 1, casa Nº 21, Urbanización Chuparin, Puerto La Cruz; y CARLOS LOPEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 932.231, residenciada en barrio Maria Angélica Lusinchi, casa S/Nº, Clarines, por el delito de LESIONES PERSON.....