Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA la libertad del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde nació en fecha 10-02-1990, de 16 años de edad, soltero, de profesión u oficio Alquiler de Teléfonos, hijo de los ciudadano Pedro Conoto y Urofina Chauran, residenciado en Calle Principal, Casa N° 73, Barrio Lindo, Barcelona, Estado Anzoátegui. Debiendo IDENTIDAD OMITIDA, someterse al cuidado y vigilancia del equipo Técnico Multidisciplinario del Sistema de Responsabilidad Penal de la sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui y presentarse por ante este Tribunal cada Quince (15) días, de conformidad con el articulo 582 literales "b" y "c", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente......