Este Tribunal homologa el presente convenimiento en los mismos términos en que fue suscrito por las partes , en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo con ocasión de la demanda por COBRO DE BOLIVARES, por el procedimiento intimatorio interpuesto por el ciudadano JESUS SIFONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero 5. 995. 288, contra el ciudadano LISANDRO MARIN VILLAMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 11. 422.660.
Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaria copia de esta decisión.
La Juez Provisorio,
María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Carmen Calma