Este Juzgado de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Primero: CON LUGAR la Demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano: OMAR JOSE SEQUERA SILVA, a través de apoderados, en contra de JESUS ENRIQUE VELASQUEZ LEAL, ambas partes identificadas en autos. Segundo: Como consecuencia de tal pronunciamiento, se condena a la parte demandada a hacer la entrega material y efectiva, a la parte actora, del inmueble que a continuación se identifica: "Casa signada con el Nº VI-27, Manzana Nº 06, calle 5 de la Urbanización San Antonio de esta ciudad de El Tigre;" libre de bienes muebles y personas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de las costas, a la parte demandada por resultar vencida en la litis.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia certificad.....