En consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal ?D?, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar a los ciudadanos WILLIAM JOSÉ RIOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.178.495, domiciliado Puerto La Cruz, calle Dividive, edificio Mesura, apartamento 6, Paseo Miranda, Estado Anzoátegui; y DESIREE DE LOS ANGELES CHIVICO AMUNDARAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.383.545, domiciliada en Sector los Olivos, calle Sucre, casa Desicarluz, sin número, Boca de Uchire, Municipio San Juan de Capistrano, Estado Anzoátegui, a fin de que comparezcan por ante éste Tribunal al Tercer (3er) día de Despacho siguientes a su citación, a los fines de que expongan lo que creyeren conveniente en r.....