Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN ALGUNA a favor de los ciudadano DANIEL JOSE REYES AMARICUA, titular de la cédula de identidad N° V-16.852.847, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26/11/1974, de 30 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Mecánico, hijo de Augusto Reyes Presilla (v) e Dalia del Valle Amaricua (v), residenciado en el Sector Campo Lindo, casa S/N, Puerto Píritu, antigua salina, Estado Anzoátegui. Líbrese Oficio al Comandante del Tercer pelotón Primera compañía del Destacamento 75 del Comando regional N° 07 con sede en Puerto Píritu, participándole lo conducente. Cúmplase.