Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA LIBERTAD PLENA a los imputados FRANCIS ALEXANDER ORTIZ MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.421.998 , natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 09-05-1973, de 31 años de edad, profesión u oficio Mecánico de Mantenimiento, hijo de los ciudadanos Víctor Ortiz (v) y Rosa Molina (v), domiciliado en la Vereda 44, casa Nº 01, Sector 01, Boyacá Tercero, Barcelona, Estado Anzoátegui y ANTONIO JOSE LOPEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.299.967, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 04-05-1974, de 30 años de edad, profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos Antonio Segundo González (v) y Elizabeth López, domiciliado en el Sector 1, casa Nº 08, Boyacá Tercero, Barcelona, Estado Anzoátegui. En vi.....