Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana ROSANGELA KARELYS BETANCOURT SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.910.925, abogado en ejercicio e inscrita en el instituto de previsión social del abogado Nº 122.654, de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderada de la Sra. ROSANGEL TEODORA REYES CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.241.158, domiciliada en la Ciudad de Puerto La Cruz, Sector la Caraqueña, casa Nº 49-1 Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui,.....