Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, al Imputado; TOMAS ELIAS MALAVE GOMEZ; quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.765.693, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 19-09-85, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión estudiante, hijo de JHON ONOFRE MALAVE (DF) Y MARIA DOLORES GOMEZ RODRIGUEZ (V), residenciado en la Vereda 3, casa N° 11, Boyacá I Barcelona, Estado Anzoátegui, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de "OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES", previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colec.....