Por las consideraciones que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente Solicitud de Divorcio de Hecho, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por la ciudadana YOLYS TRINIDAD GONZALEZ TINEDO, contra el ciudadano MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ BRAVO, ambos plenamente identificados; y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados el día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve, por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Autónomo Guanipa del estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada en el Libro Principal Nº 3 de Registro Civil de Matrimonio, llevado por ese Despacho durante el año 1999, anotada bajo el Nº 248, folios Nros 299 y 300, y.....