Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA al ciudadano, YHON LUIS MACUARE FUENTES, titular de la cedula de identidad V-. 20.105.854, venezolano soltero, de 23 años de edad, de profesión u oficio carpintero, nacido en fecha 28/10/1984, Barcelona estado Anzoátegui, hijo de los ciudadanos ALBERTO MACUARE (V) DIANA FUENTES (V), con domicilio en CALLE LOS TUBOS, CAMPO CLARO, CASA S/N, BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI; MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, inserta en el articulo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, para la fecha en que se cometió el delito. Líbrese Oficio Respectivo, Notifíquese. Cúmplase.
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