Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del imputado CHRISTIAN JOSE GUEVARA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 27/10/´82, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.852.935, soltero, de profesión u oficio Colector de Autobuses, hijo de Nidia Josefina Guevara (v) y Erwin Malavé (v), domiciliado en el Barrio Razetti II, Callejón El Caminito, N° 98, Barcelona, Estado Anzoátegui. Líbrese oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial N° 02, participándole de la libertad inmediata del imputado. Remítase la presente causa en su debida oportunidad al Ministerio Público. Cúmplase.