Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RETRICCION a favor de los ciudadanos LEONARDO RAFAEL MUNDARAIN ACOSTA, quien es venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.717.405, natural de Barcelona- Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 19-09-82, de 23 años de edad, de estado civil SOLTERO, de profesión u oficio SOLDADOR, hijo de los ciudadanos Euclidis Mundaraim (V) Y Maria Gisela Acosta (V), residenciado en Calle Mariño, Casa N° 47, Barrio Monte cristo, Puerto La Cruz- Estado Anzoátegui, y ARGENIS RUIZ RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.478.962, natural de Puerto la Cruz- Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 12-04-83, de 23 años de edad, de estado civil SOLTERO, de profesión u oficio CABILLERO, hijo de los ciudadanos ARGENIS RUIZ (V) Y CEC.....