Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos JOSE VICENTE BETANCOURT RIVERO y ISMENIA CAROLINA ALTUNA MEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.272.955 y 17.592.785, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogada LIBETH BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.280, con fundamento en los artículos 189, 190 del Código Civil, en armonía con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, en fecha 04 de julio de 2009, ante el Registro Civil dem Municipio Simón Bolívar, Barcelona Estado Anzoátegui, según .....