Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD, al Ciudadano: MANUEL JACINTO SOLANO MATUTE, titular de la Cédula de Identidad N° 16.926.905, nacido en fecha 25/04/19883, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 23 años de edad, de estado civil soltero, obrero, hijo de los ciudadanos GLADYS JOSEFINA MATUTE (V) Y MANUEL ANTONIO SOLANO (V), residenciado en Barrio Cayaurima, Calle Vargas, casa 15-42, Barcelona, Estado Anzoátegui; POR LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, todo de conformidad con los artículo 256, ordinales 3°, 4° y 5°, se continúa con el procedimiento ordinario en la presente causa, a tenor de lo establecido en los artículos 280 y 383, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Líbrese oficio al Director del Instituto Autónomo de la Policía del Municipio Bolívar, inf.....