Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación intentado por el profesional del derecho ANTONIO RODRIGUEZ CARRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 97.803, en representación de la parte demandada contra sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 07 de marzo de 2007, en el juicio que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara el ciudadano ARISTIDES JOSE MAZA LOPEZ, contra la sociedad mercantil MMC AUTOMOTRIZ, S.A. Así se decide.