En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION a los imputados CARLOS AUGUSTO VILLALBA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.480.317, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/06/’82, de 22 años de edad, Soltero, Obrero, hijo de Carlos Genaro (v) y María Villalba (v), residenciado en calle Las Flores, N° 16, Barrio Brisas del Mar, Sector El Paraíso, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, OSMAR LOPEZ GUTIERREZ, quien quedó identificado de la manera siguiente: venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.876.457, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13/06/’83, de 21 años de edad, soltero, Carretillero, hijo de Juan López (v) e Isaura Gutiérrez (v), residenciado en calle Las Delicias, N° 15,.....