El Tribunal se trasladó hasta la Av. 2000, en un inmueble donde se encontraba el ciudadano: JOSE CENTENO, co-demandado en la querella interdictal de amparo. En éste estado el tribunal procedió a notificarlo, que en virtud de la ejecución de Amparo y mientras dure el juicio Interdictal, y hasta tanto se resuelva éste con sentencia definitiva, deberá abstenerse de ejecutar actos de perturbación y arbitrarios, sobre la parcela de terreno, ubicada en la Av. 2000, con calle la honestidad en el sector Urbanística 2000, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyas coordenadas son las siguientes: NORTE: (9.786.5-986300), ESTE: (362.8-9-363.100), alinderado de la siguiente manera, NORTE: en 25 metros con Av. 2000, SUR: En 25 metros con parcela Nª 104, ESTE: En 17 metros con parcela Nª 102 y OESTE: 17 metros con calle la honestidad. Seguidamente el Tribunal, da por cumplida su misión y ordena el regreso a su sede principal, siendo las (02:00 PM).