En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, acuerda Decretar Medidas de Embargo Provisionales: PRIMERO: Embargo del Treinta por ciento (30%) mensual del sueldo integral neto que devenga el ciudadano FREDDY JOSE AGUILERA AVILA, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 10.880.939, las cuales deberán ser remitidos en cheque a nombre de este Tribunal, los primeros cinco días de cada mes, así que informe a este Tribunal a la mayor brevedad posible el Salario Integral devengado por el antes mencionado ciudadano, con indicación de sus asignaciones y deducciones.- SEGUNDO: Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%), producto de las Vacaciones y Utilidades, que ha de percibir el obligado, los cuales deben ser remitidos en cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, los primeros cinco días del mes de Diciembre, para cubrir los gastos escolares en el mes de Septiembre y los gastos propios del mes de Diciembre respectivame.....