Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a ELIS JOSEFINA GONZÁLEZ FLORES, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 12.298.900, natural de Río Chico, Estado Miranda, nacido en fecha 06-12-71, hijo de Felipe González y Guillermina Flores, de profesión u oficio Comerciante domiciliado en Tacarigua del Mamporal, Municipio Eulalia Buróz, Caserío San Juan, Higuerote, Estado Miranda, y FÉLIX RAMÓN REMÍREZ SILVEIRA, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 6.926.452, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 21-02-66, hijo de José Ramírez y Beda Silveira, Casaddo, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en el Centro Comercial Trapichito, Bloque 1, Piso 3, Guarenas, Estado Miranda, por los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUE.....