Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano: HORACIO JOSÉ ZURITA, venezolano, de 30 años de edad, natural de San Félix, Estado Bolívar, nacido en fecha 17/04/1976, Casado, hijo de Carlos León Natera y Maritza Josefina Zurita Gil, de Oficio Electricista, cedula de identidad 14.441.374 y domiciliado en Calle La Fortuna, Casa Nro. 52, El Paraíso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de SEIS MESES DE PRISION, como autor responsable de la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, pena esta que deberá cumplir en el establecimiento penal que indique el Juez de Ejecución, más las accesorias legales previstas en el Articulo 16 Ejusdem, que consisten en inhabilitación política duran.....