Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INMEDIATA LIBERTAD POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, al imputado: VICTOR ORLANDO BASTARDO AGUILERA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.127.454, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 05/09/1985, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio presta Servicio Militar, hijo de los ciudadanos ORLANDO BASTARDO /d) y ELEBA AGUILERA (v), residenciado en Calle San Martín, N° 101, Barrio El Cardonal, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, tipificado en el Tercer Aparte del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, y PORTE ILICITO DE ARMA.....