MOTIVA
Analizadas todas y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia que no se encuentra demostrada en autos la capacidad económica del obligado, toda vez que la solicitante no demostró el lugar de trabajo, ocupación y sueldo del accionado, no quedándole otro camino al Tribunal que la de desestimar la fijación de la Obligación Alimentaría, por falta de elementos para dictarla, y así se declara.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de fijación de Obligación Alimentaría formulada por la ciudadana URANIA DE JESUS CAROLES VICENT, en representación del adolescente LUIS ROBERTO CAROLES VICENT, de dieciséis (16) años de edad, en contra del ciudadano ROBERTO LUIS RANGEL.....