Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a los imputados RENNI DANIEL HINOJOSA, titular de la cédula de identidad N° V-17.537.141, natural de San Juan de los Morros Estado Guarico, donde nació en fecha 05/11/1981, de 26 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Mecánico, hijo de: ISAIAS HINOJOSA y ANA TERESA DE HINOJOSA, residenciado en: Barrio Camino Nuevo, Casa Nº 31 Detrás de la Escuela Cajigal, Barcelona, Estado Anzoátegui. Y WILLIAN JOSÈ VILLARENA FARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.008.891, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui donde nació en fecha 11/04/1986, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de: EDECIO VILLRENA y ALICIA FARIAS, residenciado.....