Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por el ciudadano HILARIO JOSE MAITA CAÑAS, venezolano, mayor de edad, titulare de las cedula de identidad Nro. V-6.515.856 y de este domicilio, debidamente asistido por las abogadas en ejercicio LUZ MARY MARIN Y GRISSEL FREIRE ARRIOJA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros. 81.202 y 160.034 respectivamente y de este domicilio, en contra de la ciudadana BETZAIDA JOSEFINA GUAREMA DE MAITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V- 11.906.101, domiciliada en la urbanización Boyacá IV, vereda 59,casa Nº 0, en la ciudad de Barcelona , Municipio, Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, en donde se encuentra involucrada el ni.....