Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a los imputados: HECTOR FELIPE MEDERO GUARAPANA, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.900.720, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-08-1986, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Héctor Ramón Medero y Aidé Guarapana, residenciado en Calle 01, Casa S/N°, el Viñedo, frente al tanque de la escuela bicentenario, Barcelona, Estado Anzoátegui, y HENYER RAFAEL LUNA GUARAPANA quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.360.352, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 12-08-1981, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de Dulceria,.....