Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: ASUME EL CONTROL JURISDICCIONAL EN LA PRESENTE CAUSA y ordena la celebración del JUICIO ORAL Y PÚBLICO CON TRIBUNAL UNIPERSONAL al acusado ciudadano ENDER JOSE NARVAEZ TAMICHE, venezolano, Cédula de Identidad Nº 17.733.074, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de estado civil Soltero, de Profesión: Barbero, hijo de JOSE NARVAEZ Y ELENA TAMICHE, residenciado en Tronconal III, sector II, vereda 9, calle 06 casa S/N, de Barcelona Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Codigo Penal, en perjuicio de la Colectividad. SEGUNDO: Se fija como fecha para la celebración del juicio oral y público con Tribunal Unipersonal para el día 17 DE FEBRERO DE 2009, A LAS 12:30 DE LA TARDE.
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