DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS MANUEL DUGARTE GARCIA, defensor de confianza del imputado JHONATHAN JOSE GARCIA CARRION, titular de la cedula de identidad Nº 20.052.165, contra la decisión dictada en fecha 03 de agosto de 2006, por el Tribunal de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decreto Medida Privativa Judicial preventiva de Libertad, al ciudadano antes referido por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el articulo 405 del Código Penal, y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FUSTRACION, tipificado en el articulo 405 del Código Penal, en concordancia con el articulo 80 eiusdem.
En consecuencia se CONFIRMA la decisión de Primera Instancia.
Regíst.....