DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 482, numerales 1,2º,3, 4º, 5º y 483, 484, 488 ord. 2, y 471 ord. 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se otorga el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en favor del ciudadano LUIS RAMÓN MARTÍNEZ MIEREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.632.193, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui; donde nació en fecha 13-06-1991, de 18 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio obrero, hijo de Luís Rafael Martínez y Mirian Mierez, residenciado en el Sector 3, calle Marisol, casa Nº 13-06, Barcelona, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado .....