Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de Alzada, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la parte demandante JOSEPH BASMAJI, antes identificado, en contra de la decisión del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, de fecha 12 de Diciembre de 2.005, en consecuencia MODIFICA la referida decisión, declarando así SIN LUGAR la Cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y CON LUGAR la cuestión previa alegada conforme al ordinal 7° eiusdem, formuladas en el Juicio por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentad por el ciudadano JOSEPH BASMAJI en contra de la ciudadana MARIA LUISA CARDONA DE MARQUEZ.....