Este Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: PRUDENCIA MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-875.362 y sus hermanos, los ciudadanos: JESÚS RAMON RODRIGUEZ MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-3.854.812, ANDRES MANUEL RODRIGUEZ MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-3.854.797, HERNAN JOSE RODRIGUEZ MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.907.052, ANA ROSA RODRIGUEZ DE GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.002.098 y CLETO RAFAEL RODRIGUEZ MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-5.471.841, todos de este domicilio como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: ANACLETO RODRIGUEZ, quien fuera titular de la Cedula de Identidad N° V-483.354 y quien falleció en fecha 04/11/2010 en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodrígue.....