Por las consideraciones que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente Solicitud de Divorcio de Hecho, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos KATTIE CAROL GOMEZ y EMERSON ANTONIO MATA TOVAR, ambos plenamente identificados; y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionado en fecha veintisiete de abril de dos mil uno, ante la Presidencia de la Junta parroquial de san Joaquín, Municipio Anaco del estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada en el Libro Original del Registro Civil de Matrimonio, bajo el Nº 05, Folios 15, 16 y 17, llevados por ese Despacho durante el año 2001.- Así se decide.-