Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: MARIA ROSARIO GUEDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.910.552, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la extinta: EYENITH LOURDES GUEDE, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 14.029.751, y quien falleció en fecha 05 de Mayo del año 2009, en el Hospital Central Maracay, Estado Aragua.