Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud planteada por la ciudadana MARIA YOLANDA CONSTANTE CONTRERAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 15.416.822, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ROBINSON SALAZAR NOTTARO, inscrito en Inpreabogado Nº 49.325. SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano de cujus AMADO ENRIQUE CRUCES RIVAS, fallecido el día 01/06/2012, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.972.892, a la ciudadana MARIA YOLANDA CONSTANTE CONTRERAS, .....