Por todo lo anterior, este Tribunal N° 06 de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: El Archivo de las presentes actuaciones y el Cese de las Medidas Cautelares acordadas en fecha 19-12-2003, en contra del ciudadano CRUZ GREGORIO CARVAJAL SARMIENTO, venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 15-05-75, de 28 años de edad, soltero, obrero, hijo de GREGORIO CARVAJAL (df) y de LUISA SARMIENTO DE CARVAJAL(v), titular de la cédula Nº 16.489.736, residenciado en la Calle Tibisay Nº 41, Barrio Campo Claro, Vía Alterna, Barcelona, Estado Anzoátegui, y su condición de Imputado; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 314, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y líbrese oficio al Alguacilazgo participando lo conducente. Remítase las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad. Cúmplase.