Este Juzgado 6° en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida al imputado: JHONNY JOSE RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.416.047, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de AVELINA DEL CARMEN RODRIGUEZ (V) Y PADRE DESCONOCIDO, residenciado en el Barrio Razetti, casa N° 88, calle Venezuela, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de Los delitos de PORTE ILlCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal y POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° del Códig.....