Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio Nro. 2 del Tribunal de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el artículo 177 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero, y competente para conocer sobre el presente asunto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio, incoada la ciudadana XIOMARA DEL VALLE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.330.728, y de este domicilio, debidamente asistida por DAMELYS DIAZ VELASQUEZ abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.474, de este domicilio, en contra del ciudadano LUIS ALFREDO LEZAMA PEREZ, antes plenamente identificada en los autos, de conformidad con las causales 3ª y 6ª del artículo 185 del Código Civil, a saber: LOS EXCESOS, SEVIC.....