Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: NAPOLEON LEDEZMA SANTAELLA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nº V-226.243, de profesión Médico, natural de la Parroquia Las Mercedes, Municipio Las Mercedes del Estado Guarico; a los ciudadanos: NAPOLEON JOSE LEDEZMA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.472.283, MANUEL RAFAEL LEDEZMA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.063.009, ROSANTONIA DEL VALLE LEDEZMA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.997.263 y FRINE AZUCENA LEDEZMA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.912.830, respectivamente, y dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta ROSA ANTONIA RODRIGUEZ DE LEDEZMA, q.....