Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCION a favor de la ciudadana ARGELIA CAMPOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 8.207.381, nacida el 12/10/1942, de 65 años de edad, estado Civil soltera, de profesión u oficio del hogar, residenciados en el CALLEJON SAN FELIPE, CASA Nº 36, BARRIO GUAMACHITO, Estado Anzoátegui, extensiva a sus hijos.
PRIMERO: Oficiar al Director de la policía Municipal de Barcelona, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana ARGELIA CAMPOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 8.207.381, nacida el 12/10/1942, de 65 años de edad, estado Civil soltera, de profesión u oficio del hogar, residenciados en el CALLEJON SAN FELIPE, CA.....