DECISION
Por las razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda por DESALOJO, fundamentada en las causales "a", "b" y "c", del artículo 34 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios , interpuesta por Sociedad Mercantil MANSERCHA C.A., domiciliadas en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar, de este estado, registrada por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, en fecha 21 de octubre de 1997, bajo el Nº. 71, Tomo 60-A, a través de su representante legal JUAN RAMON CHAVEZ PIRELIS, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº.4. 225.985, contra la ciudadana TAIDE DEL VALLE FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº. 8, 268. 587, en relación a un loc.....