Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor de las ciudadanas LOURDES ANTONIA FLORES NAVARRO, Portadora de la cédula de Identidad Nº V-8.249.865, de 42 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, teléfono 4193153, VICTORIA DEL VALLE FLORES NAVARRO, Portadora de la cédula de Identidad Nº V-14.827.814, de 33 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, teléfono 0416-8871016, residenciadas en Calle 23 de Enero, casa Nº 23-95, El Espejo, Barcelona, Estado Anzoátegui, y ZOILA CAMPOS, Portadora de la cédula de Identidad Nº V-8.260.415, de 39 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, teléfono 0426-5808694, residenciada en la calle Principal, Casa Nº 60-B, El Viñedo, Bar.....